Control de los ruidos molestos
El ruido es un contaminante invisible y sus efectos se producen por una exposición prolongada, que van desde stress a alteraciones del sueño. Más de la mitad de los reclamos que recibe la Superintendencia del Medio Ambiente en Concepción tiene que ver con ruidos que superan las normas, como es el caso de las constructoras y los pubs, por la música a alto volumen.
En forma periódica los lectores de El Sur hacen ver su malestar por los ruidos molestos que se producen en el sector céntrico de Concepción, agravado por la proliferación del comercio ambulante ilegal, que dificulta el tránsito de personas.
Recientemente se ha informado que Santiago, Providencia y Concepción sumaron el 12% de las denuncias por ruidos hechas en la Superintendencia de Medio Ambiente, durante 2024. En febrero de este año, ese organismo ordenó medidas contra un bar ubicado en Chacabuco, frente al Barrio Universitario, por emisión de ruidos molestos. También hubo denuncias vecinales contra un restaurante y salón de eventos ubicado en el piso 14 de un edificio de calle O'Higgins. Y son frecuentes las críticas que se formulan contra grupos evangélicos que operan sus cultos con altoparlantes a todo volumen.
Es recurrente el tema de los ruidos molestos, debido a la instalación de artistas, vendedores y predicadores que se hacen acompañar de potentes equipos de amplificación de sonidos. Es evidente que algunos compiten a gran volumen con el fin de apagar los de otros. Quienes trabajan en el radio céntrico señalan que es una verdadera tortura escuchar las mismas canciones o los mismos mensajes una y otra vez, durante todo el día, a través de los amplificadores.
El Decreto 38 del Ministerio del Medio Ambiente del año 2011 (norma de emisión de ruidos molestos generados por fuentes fijas) entrega los niveles máximos permitidos de emisión sonora generados por fuentes fijas para la comunidad. Dispone que el ruido máximo para las zonas residenciales es de 55 decibeles en horario de 7 a 21 horas y de 45, de 21 a 7 horas. Esta norma protege a la comunidad que se ve afectada por contaminación acústica, desde el punto de vista de la salud pública. Protege a las personas que pudieran estar afectadas por altos niveles de ruido generado por fuentes fijas, o que pudieran sufrir molestias, en lugares habitables, como sus viviendas, lugar de trabajo o de descanso.
Por otra parte, si bien en 2014 la Municipalidad de Concepción emitió una ordenanza sobre ruidos y la prohibición del uso de parlantes en la vía pública, esto se transforma en letra muerta si no hay una fiscalización persistente acerca de su cumplimiento. Es lo que ocurrió también con la ordenanza que castigaba a quienes compraran en las calles productos al comercio ambulante ilegal.
Los artistas callejeros deben contar con permiso municipal para desarrollar su actividad. De acuerdo con la ordenanza, los artistas deben pagar para ser autorizados a desarrollar su actividad en la calle, pero les está prohibido el uso de parlantes, cuestión que evidentemente no se respeta.
Es importante que el municipio prohíba la utilización de parlantes en las calles, medida que también debería hacerse extensiva a algunos comerciantes que colocan amplificadores a la entrada de sus locales para tratar de captar clientes, compitiendo en volumen con sus vecinos. Asimismo, el uso de grandes parlantes en la Plaza de los Tribunales, cuando se realizan presentaciones de conjuntos musicales, mientras en el interior del edificio se desarrolla la delicada función de impartir justicia. También los ruidos molestos es un tema recurrente ligado a las edificaciones y el poco respeto que algunas constructoras demuestran por el vecindario donde se desarrollan esas obras, que se prolongan por meses y hasta por años. Son situaciones que deterioran la calidad de vida de las personas, por lo que es necesario fiscalizar de modo frecuente los niveles de ruido.
Es recurrente el tema de los ruidos molestos en las calles, con artistas, vendedores y predicadores que se hacen acompañar de potentes equipos de amplificación de sonidos.