Los detalles de la ley de pago de pensiones de alimentos
Entró en vigencia la iniciativa que establece nuevos mecanismos para el pago efectivo de las deudas, con opción de cobrar desde las cuentas de las AFP.
La nueva ley de Responsabilidad Parental y Pago Efectivo de Deudas de Pensiones de Alimentos entró en vigor ayer en Chile para, a través de los órganos del Estado, recaudar recursos de los progenitores que deben la mensualidad a sus hijos y obligarles, así, a cumplir con sus obligaciones.
"¡Es hoy! Entra en vigencia nuestra ley de Responsabilidad Parental y Pago Efectivo de Pensiones de Alimentos. Una política para la mayoría de hogares en Chile, que son sacados adelante por mujeres", publicó la ministra de la Mujer, Antonia Orellana, en sus redes sociales.
La norma se aplica seis meses después de la puesta en marcha de un registro de deudores, el pasado 18 de noviembre, que según datos del Gobierno, en medio año de funcionamiento suma 80.074 inscritos, de los cuales 2.374 son mujeres (2,96 %) y 77.700 hombres (97,04 %), con una deuda total que supera los 90.000 millones de pesos.
"Hasta ahora la deuda de pensiones de alimento alcanza para comprar más de un millón 400 mil canastas básicas de alimentos. Es una vergüenza que en Chile nos mantengamos indiferentes o nos hubiésemos mantenido indiferentes frente a la privación a niños, niñas y adolescentes de los recursos que les corresponden, que es su derecho, para su alimentación, su vestuario, su educación", manifestó el Presidente Gabriel Boric.
La ministra Orellana recordó que a comienzos del año pasado "nos tocó implementar el Registro, aprobado por el Gobierno anterior", complementando que la pandemia "visibilizó el abandono parental, un fenómeno muy arraigado en nuestro país".
"Desde este sábado las madres y cuidadoras van a poder contar con un mecanismo concreto para buscar el patrimonio del deudor y pagar las deudas de alimentos", sentenció sobre el tema la secretaria de Estado.
Mecanismos de pago
La ley establece un procedimiento de pago especial para el cobro de pensiones de alimentos, garantiza que el proceso de cobro "se realice con criterios de justicia y dignidad" y mejora el acceso a la información financiera de los deudores, según un comunicado difundido desde Presidencia.
Apenas se registra el pago pendiente de una sola mensualidad, la madre o persona cuidadora puede, desde ayer, solicitar a un tribunal que ordene la búsqueda de patrimonio del deudor a través de tres mecanismos: la retención de fondos que tenga en cuentas bancarias, en instrumentos financieros y de inversión, o en las cuentas de ahorro previsional voluntario.
En caso de acumular tres mensualidades de pensión de alimentos (totales o parciales, continuas o discontinuas) y no contar con fondos suficientes para saldar la deuda en las tres cuentas anteriores, el tribunal ordenará el pago mediante los recursos disponibles de las cotizaciones obligatorias de pensiones que gestionan las AFP.
Desde que la AFP sea notificada por un caso, tendrá un plazo de 10 días hábiles para hacer la transferencia.
Los hijos tienen derecho a recibir la pensión de alimentos hasta los 21 años o hasta los 28, cuando se encuentren cursando estudios superiores, y se obtiene por parte del padre o madre que no tiene su tuición.