Algunas luces en la ruta al 4 de septiembre
Ximena Gauché Marchetti, Profesora Titular y Vicerrectora de Relaciones Institucionales y Vinculación con el Medio, Universidad de Concepción,
El domingo 4 de septiembre de 2022, en un plebiscito con voto obligatorio para las personas mayores de 18 años con derecho a voto, la ciudadanía deberá pronunciarse aprobando o rechazando la propuesta de texto constitucional entregada por la Convención Constitucional.
La cédula electoral deberá contener la siguiente pregunta: "¿Aprueba usted el texto de Nueva Constitución propuesto por la Convención Constitucional?". Bajo esa pregunta habrá 2 rayas horizontales, una al lado de la otra. Una tendrá en su parte inferior la expresión "Apruebo" y la otra, la palabra "Rechazo". Cada persona deberá marcar su preferencia sobre una sola de las alternativas.
Si triunfa la respuesta "Apruebo", el Presidente de la República deberá convocar al Congreso Pleno para que, en un acto público y solemne, se promulgue y se jure o prometa respetar y acatar la nueva Constitución Política de la República. Ese texto será publicado en el Diario Oficial dentro de los 10 días siguientes a su promulgación y entrará en vigencia en esa fecha. A partir de ese momento quedaría derogada la Constitución Política de la República de 1980, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado data de 2005. Si triunfa la opción "Rechazo", continuará vigente la actual Constitución.
El texto que se someterá a plebiscito consta de un breve preámbulo, 11 capítulos y 388 artículos permanentes, más 57 disposiciones transitorias, que establecen el régimen de transición e implementación del nuevo texto, de ser aprobado. La actual Constitución tiene 15 capítulos y, de acuerdo a las últimas reformas, 143 artículos permanentes y 50 disposiciones transitorias.
En general, los contenidos de una constitución deben hacer referencia al establecimiento o reconocimiento de los derechos fundamentales de las personas, y a los poderes e instituciones de la organización política del Estado. Esto se suele expresar en dos partes: una parte orgánica, y una parte dogmática. En la primera, se encontraría lo relativo a la forma jurídica del Estado, la forma y organización del gobierno, y de los poderes o funciones del Estado. En la segunda, los valores y principios básicos del orden constitucional, y el establecimiento de los derechos de las personas, junto con las garantías destinadas a asegurar su vigencia.
Para tomar una decisión este 4 de septiembre, un buen ejercicio puede ser seguir esta distinción, que presta utilidad como marco para identificar las diferencias entre el texto vigente y la propuesta y, desde ahí, adoptar una decisión. Ello si consideramos la diversidad que existe en Chile (de identidades, creencias y opiniones, por ejemplo) y la cantidad de información circulando (no siempre rigurosa).
En el Chile de 2022 aparece como un desafío y una responsabilidad esperar el 4 de septiembre destinando tiempo al análisis y la reflexión pausada. Ello permitirá, como sociedad, estar a la altura del momento y, cualquiera sea el resultado, desde el 5 de septiembre avanzar hacia una mayor cohesión social y seguir creciendo en el perfeccionamiento de nuestra vida democrática.