Comunas Autónomas
amaya álvez marín, Convencional del distrito 20, Roger Sepúlveda Carrasco, Rector Santo Tomás, Región del Biobío,
Hemos logrado aprobar por más de dos tercios en la Convención Constitucional, el esqueleto de un "Estado Regional" que descentraliza el poder político a partir de "Entidades Territoriales Autónomas". Su nombre expresa el anhelo de territorios empoderados, que puedan tomar sus decisiones, en diversos ámbitos, con mayores grados de libertad, democracia y pertinencia con las necesidades de las comunidades que los habitan. Entre estas entidades se encuentras las Comunas Autónomas.
Para este deseo, tan sentido por la ciudadanía al verse incapaz de resolver los destinos de los lugares que habitan, la falta de recursos y de competencias de sus autoridades, se dispone un mandato claro: asegurar "el financiamiento y recursos suficientes para el justo y equitativo desarrollo de cada comuna", elemento además tan reiterado por las administraciones comunales. Ester mayor poder político no busca enaltecer la figura del alcalde o alcaldesa. Será un deber "promover y garantizar" la participación de la comunidad en "las políticas de desarrollo local y en la planificación del territorio", así como las demás que disponga la Constitución, el Estatuto y la ley. Esto tendrá su correlato en la propia estructura municipal pues la propia definición del "gobierno comunal" incorpora, además de las autoridades tradicionales, "la participación de la comunidad que habita en su territorio". Con el mismo propósito se consagra una "asamblea social comunal" de carácter representativa, consultiva e incidente, y se reconoce constitucionalmente la labor que en materia de participación han cumplido siempre las Juntas de Vecinos.
Los derechos económicos y sociales también tendrán un espacio para materializarse a través de los gobiernos que están más próximos a las personas. Serán competencias de la comuna autónoma el desarrollar, colaborativamente con la Región Autónoma respectiva y el Estado central, "actividades y servicios en materias de educación, salud, vivienda", entre otros, además de la "creación, organización y administración de servicios públicos comunales".
Desde luego, hay temas que han generado debates y polémicas, el alcance del Estatuto Comunal, la dedicación exclusiva de concejales en su cargo, la disminución de la reelección por una sola vez, entre otras. Nuestro objetivo ha sido impulsar lo que hace falta (autonomía política y financiamiento), profundizar la mejor versión de los municipios (provisión de derechos y servicios para las personas) y reforzar los obstáculos para impedir aquello que los destruye (poder unipersonal y clientelismo). Todo, integrando la mirada y experiencia de quienes han trabajado y obrado como representantes en los gobiernos locales. Creemos que sólo así se atenderán las expectativas -recordemos, de cambio- que la ciudadanía espera del texto constitucional.