El pasado 25 de septiembre, el Juzgado de Letras del Trabajo en Concepción dictó una sentencia condenatoria en contra del supermercado Jumbo, por el despido injustificado de Susana Beatriz Arriagada Miranda, cajera del local ubicado en el Mall del Centro penquista.
Semanas antes, el mismo tribunal había condenado al mismo establecimiento comercial al pago de una indemnización a un funcionario, quien fue despedido por mantener una relación sentimental con Arriagada Miranda.
De acuerdo a los antecedentes, este tipo de vínculos se encontraban regulados en el reglamento de higiene y seguridad de la empresa, donde se establecía que "las relaciones emocionales entre trabajadores pueden dar origen a situaciones donde pudiese verse en peligro la imparcialidad. Por este motivo estas situaciones deben ser debidamente informadas al jefe directo para garantizar la solución más beneficiosa para todas las partes".
Esta práctica fue considerada como vulneradora de derechos fundamentales, en este caso a la vida privada, y por lo cual el tribunal ordenó corregir la normativa interna.
Valeria Zúñiga, jueza presidenta del Juzgado de Letras del Trabajo Concepción, explicó que este tipo de casos son frecuentes, tanto en la Inspección del Trabajo como en los tribunales. Sin embargo, señaló que cerca de la mitad de las causas culmina sin sentencia, pues muchos optan por una conciliación.
VULNERACIÓN
La magistrada indicó que cualquier trabajador tiene derecho a concurrir a un juzgado del trabajo en caso que sienta que se le han vulnerado sus derechos fundamentales, en esta caso, a la intimidad.
"Estos trabajadores habían dicho que se les había vulnerado aquello, porque en el reglamento interno existiría una prohibición de mantener ciertas relaciones de pololeo cuando existe subordinación entre los cargos de ambas personas y eso es lo que tiene que determinar el juez, si esa norma del reglamento interno vulnera o no lo derechos de los trabajadores, en esta caso, su vida privada", afirmó.
Zúñiga explicó que este tipo de casos relativos a modificación de los reglamentos internos son frecuentes, generalmente relativos al orden de higiene y seguridad.
"Quienes generalmente demandan son los sindicatos. Ahora, respecto a personas naturales yo he conocido casos que no llegaron a sentencias, luego que las partes llegaran a un acuerdo", añadió.
CONCILIACIÓN
Si bien la jueza no precisó un número, sostuvo que cerca de un 50% de las causas se queda en el proceso de conciliación, tanto en la vía administrativa (Inspección del Trabajo) o bien en los tribunales, donde también se contempla este proceso.
"Yo conocí de un caso, pero quedó en el camino en el tema de la conciliación y se llegó a un acuerdo entre las partes. Incluso, de ello surgió una modificación al reglamento interno de una empresa, se eliminó una cláusula que prohibía la relación sentimental entre los trabajadores", recordó.
Sobre la eliminación de las cláusulas que podrían vulnerar derechos fundamentales en las empresas, la jueza dijo que dependiendo de la instancia y de las bases de acuerdo, el juez podría pedir a la empresa retirar alguna cláusula del reglamento y con eso llegar a un acuerdo.
"Si efectivamente existiera una cláusula que invade la intimidad de los trabajadores en el reglamento interno, lo cual significa una vulneración de derechos, el juez estaría obligado en la sentencia definitiva a eliminar esa cláusula", concluyó.