Insolvencia y trabajadores honorarios
Han pasado dos años desde que entró en vigencia la Ley de Insolvencia y Reemprendimiento, la que puso énfasis en el acceso a personas para que pudiesen renegociar sus deudas y renacer financieramente.
No obstante, hay un punto que no deja de ser relevante y al cual no se ha prestado atención: cómo ésta aplica y perjudica a los trabajadores independientes, a aquellos que verdaderamente laboran como tal y que no trabajan con boleta dependiendo de determinada entidad.
En una decisión legislativa, la norma separó a las personas naturales que son trabajadores asalariados y otros sujetos de crédito -tales como pensionados, estudiantes, entre otros-, de aquellos que desempeñan actividades independientes.
El problema es que a estos últimos los categorizó como empresa deudora, lo que significa que los profesionales que realicen boletas de honorarios no pueden acogerse a la renegociación, a la inversa de personas deudoras que sean trabajadores dependientes, tales como dueñas de casa y estudiantes.
Este preocupante escenario desencadena que una persona que sea considerada empresa deudora queda vedada del acceso al procedimiento de renegociación, que es gratuito y se ventila ante la Superintendencia de Insolvencia. Así, sólo quedan opciones que se realizan ante tribunales y con costos muchísimos más altos.
Es por ello que existe la enorme necesidad de un cambio legislativo que elimine la distinción que establece la nueva Ley de Quiebras entre personas naturales que realicen boletas de honorarios, de aquellas que son trabajadores dependientes.