Fiscalía logra primera condena a juez por delito de corrupción
Cinco años de inhabilidad y 400 días de cárcel. Esa es la pena solicitada por el ministerio público para Rindolfo Eduardo Barra Navarrete, juez de policía local de Mulchén condenado por el delito consumado de prevaricación.
Esta, según la fiscalía, es la primera condena de este tipo en el país desde que se implementó la reforma procesal penal el año 2000.
El fiscal de Los Ángeles Rodrigo Durán, que ve delitos de corrupción, explicó que la investigación se inició en 2011, cuando la Corte de Apelaciones les remitió una investigación sumaria que estaban realizando, en la que estaba implicado el juez.
El proceso concluirá el lunes, cuando se lea la sentencia, luego que ayer la primera sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Los Ángeles declarara culpable al funcionario.
Delito
En la audiencia de comunicación de veredicto, los jueces Antonia Flores Rubilar, Juan Pablo Lagos Ortega y Christian Osses Baeza fundaron su resolución en que las pruebas aportadas por el Ministerio Público resultaron suficientes para dar por acreditado el ilícito y la participación culpable del acusado.
El fiscal Durán explicó que el delito de prevaricación se dio luego que el juez remitiera el borrador de la sentencia que iba a dictar en una causa por lesiones leves y daños en choque, derivado de accidente de tránsito (hecho que ocurrió en 2002) al abogado de una de las partes. Específicamente, de la compañía de seguros. Para ello utilizó su correo personal.
"Adjunto lo acordado, le introduciré mayores correcciones y lo envío afinado el lunes 19, por cualquier comentario o lo que estime pertinente llámeme al celular", mencionaba el mail remitido por el juez, según consta en el expediente de la causa.
Sobre esto, en el fallo los jueces estimaron que "lo colocaba en situación de implicancia, pues claramente con dicha acción estaba manifestando lo que sería su dictamen, con conocimiento de los antecedentes necesarios para pronunciar su sentencia".
Señal
El fiscal Durán mencionó que fue un trabajo largo y extenso. Esto, considerando que previo al juicio fue necesario someter al magistrado a una querella de capítulos, que en palabras simples implica quitarle el fuero con el que cuenta el juez.
"Esta causa es relevante, considerando que es la primera condena en el país de un juez. No es fácil imputar un delito a un juez porque el estándar para condenar no es igual que con el resto de los ciudadanos. Para esto se trabajó con apoyo de la fiscalía nacional", comentó Durán.
Agregó que los resultados eran los esperados y que si bien ve muchas causas relacionadas con delitos de corrupción, es la primera vez que le toca investigar a un magistrado.
El inicio
Las primeras indagatorias se originaron por un recurso de queja interpuesto por el abogado Fuenzalida Palma, el mismo jurista al que Barra Navarrete le envió el correo electrónico. La denuncia se concretó el 3 de enero de 2011 por la demora del juez en dar a conocer la sentencia del caso, lo que había quedado listo en julio de 2005.
Cabe mencionar que ese mismo año el abogado Fuenzalida comenzó a solicitar formalmente al juez que dictara sentencia definitiva en la causa, peticiones que también formularon otros abogados intervinientes en la misma.
Ante la insistencia del referido profesional, el imputado Barra Navarrete, le remitió el 16 de enero de 2009, desde su correo electrónico personal, un archivo contenedor del borrador de la posterior sentencia definitiva que se dictó en la causa.
La sentencia se fechó el 9 de enero de 2009, fecha que se comprobó que no correspondía a la realidad.
Desestimado
Otro delito que se le imputaba al magistrado de Mulchén era el de falsificación de instrumento público, en calidad de autor. No obstante, el tribunal determinó que pese a que se demostró que la sentencia definitiva no fue dictada el 9 de enero de 2009, "el Ministerio Público no logró acreditar que aquello se haya debido a una actuación dolosa del magistrado señor Barra, cometida con la intención deliberada de antedatar la sentencia para desvirtuar la queja disciplinaria interpuesta en su contra por el abogado Enrique Fuenzalida, por no haberla dictado todavía al mes de enero del año 2011, que fue la fecha en que se presentó la queja, según fue su teoría del caso".
El fallo añadió que "la defensa acreditó que al menos la sentencia existía al 17 de noviembre del año 2010, que fue cuando se notificó de aquella el abogado de la parte demandada, señor Jhannz Oberg, el cual interpuso, inclusive, un recurso de apelación en contra de la sentencia definitiva el 22 de noviembre de 2010".