Los trabajadores recuperan derechos
El multirut permitía que algunos grupos empresariales trabajaran bajos distintas razones sociales o RUT, y que frente a las obligaciones laborales y previsionales con sus trabajadores, pudieran excluirse puesto que por separado, no alcanzaban el número mínimo que imponía la norma para su obligatoriedad. Esto ocurría con la formación de sindicatos o la obligación de tener sala cuna, lo que hacía que los trabajadores no pudieran ejercer estos derechos.
La nueva ley identifica una figura única de empleador que agrupe a todas las empresas relacionadas, lo que permitirá a los trabajadores adquirir mayor poder de negociación, teniendo, por ejemplo, la posibilidad de constituir un sindicato por empresa o interempresas y que además sean los trabajadores quienes decidan si la negociación será por empresa o con todas ellas.
Por ejemplo, dos empresas relacionadas como un centro médico y un laboratorio clínico, para efectos tributarios y laborales trabajan con RUT distintos. Si cada una de estas empresas tiene 10 trabajadoras, al tratarse de diferentes RUT no deben cumplir con la obligación de tener sala cuna. Pero ahora, al comprobarse que son empresas relacionadas, tendrán un sólo empleador, con 20 trabajadoras y tendrán la obligación de tener sala cuna. Idéntica situación ocurre con la constitución de sindicatos.
Karin Bravo Fray