La Sexta Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago rechazó un recurso de protección presentado por el Movimiento de Liberación e Integración Homosexual (Movilh) en contra de dos senadores y una ex diputada de la Unión Demócrata Independiente (UDI) por supuestas declaraciones discriminatorias hacia la comunidad homosexual.
En fallo unánime, los ministros Adelita Ravanales, Pilar Aguayo y Christian Le Cerf- desestimaron la acción cautelar presentada por la organización en contra de los senadores Jacqueline van Rysselberghe, Víctor Pérez Varela y la ex diputada María Angélica Cristi, quienes manifestaron su oposición a la adopción de hijos por parte de parejas homoparentales y el matrimonio homosexual.
Para los jueces del tribunal de alzada las declaraciones de los parlamentarios se enmarcan dentro del extenso debate sobre el tema, y por lo tanto no pueden ser consideradas arbitrarias o ilegales. 'Las declaraciones vertidas por los recurridos en medios de comunicación en las que manifiestan su opinión contraria a la adopción de niños y adolescentes por parte de parejas homosexuales no puede calificarse de arbitraria si se tiene presente que así como los recurrentes citan diversos estudios, informes y opiniones sobre la materia tanto en el ámbito nacional como internacional, también existen en igual cantidad otros estudios, investigaciones y pareceres que estiman y concluyen en forma contraria'. En líneas siguiente añade que 'es decir, se trata de una materia de suyo compleja sobre la que existen criterios y convicciones distintos, todos con razonables fundamentos y que, por lo tanto, no incurre en discriminación quien adopta uno u otro parecer (…)'.
Además los jueces agregaron que 'los recurridos, independientemente de sus calidades de senadores y diputada, han tenido el legítimo derecho de manifestar su opinión sobre un tema de debate público en el que existe posiciones contradictorias, sin que ello signifique afectar la dignidad y la integridad de quienes opinan de modo distinto'.
Asimismo. por lo que expone el texto judicial, se desestimó una supuesta infracción a la Ley 20.609 (Ley Zamudio) al considerar que las declaraciones no vulneran tal normativa. 'En la especie debe considerarse que al emitir las declaraciones que cuestionan los recurrentes, los senadores y diputada recurridos estaban ejerciendo legítimamente el derecho que les otorga el n° 12 del señalado artículo 19 de la Carta Fundamental,
Al respecto la senadora Jacqueline van Rysselberghe manifestó su satisfacción frente a este fallo, ya que 'en el fondo, la Corte de Apelaciones está reconociendo el derecho a la libre expresión de los ciudadanos frente a un tema donde siempre habrán opiniones diferentes'.
Además, JVR aseguró que 'en mis declaraciones, nunca hubo palabras o expresiones que fueran ofensivas para los homosexuales, sólo planteé una posición que tiene muchos chilenos frente a un tema polémico, lo cual fue ratificado por los jueces'.
Parlamentaria manifestó su satisfacción con la